AUTÓNOMO O COOPERATIVISTA, DOS OPCIONES PARA AFRONTAR LA PRECARIEDAD.

El autónomo precario tiene que pagar la cuota de Seguridad Social completa a pesar de tener una actividad profesional insuficiente, aunque el autónomo precario solo logre captar actividad para cubrir lo que sería una jornada laboral a tiempo parcial, tiene que pagar como si realizara una actividad a tiempo completo, como si pudiera cubrir cuarenta horas semanales de actividad profesional. Así puede darse el caso de que teniendo unos ingresos mensuales de ochocientos euros tenga que pagar una cuota de Seguridad Social de trescientos cincuenta y seis euros, completamente desproporcionada.

Que el importe de las cuotas de Seguridad Social tengan un mínimo bastante alto tiene su lógica, porque de lo que se trata es de que las cuotas a la Seguridad Social sean suficientes para generar una prestación contributiva medio decente, desde el punto de vista del sistema de Seguridad Social tiene sentido. Lo que falla es el mercado, que no siempre es capaz de generar ingresos decentes al trabajador autónomo, que puede verse en la situación de que su actividad no genera lo suficiente para que, una vez pagada la cuota de la Seguridad Social, quede dinero suficiente para subsistir, sin que el mercado de trabajo por cuenta ajena le de opciones.

Una solución para el abogado, psicólogo, electricista, cuidador, arquitecto, profesor particular u otro tipo de profesional cuya actividad no genere ingresos equivalentes al salario de un contrato de trabajo a tiempo completo, es prestar su actividad no como trabajador autónomo sino bajo una figura que permita ajustarse a la realidad de la actividad laboral insuficiente, la cooperativa.

A diferencia del trabajo autónomo, la cooperativa si permite que el trabajador se dé de alta en la Seguridad Social como trabajador a tiempo parcial, y además como trabajador asalariado. La contratación del socio trabajador de la cooperativa como trabajador a tiempo parcial permite ajustar la cotización a la realidad de la carga de trabajo insuficiente, lo que supone una reducción de la cuantía de las cotizaciones que puede hacer viable una actividad profesional que de otra manera no sería sostenible. Por otra parte la cooperativa deberá pagar el impuesto de sociedades, pero solamente en la medida en la que produzca beneficios una vez cubiertos gastos, las retribuciones de los trabajadores, el Fondo de Reserva Obligatorio y el Fondo de Formación y Promoción, de manera que el impuesto de sociedades no debería ser un problema, más allá de su gestión. La gestión de la cooperativa (fiscal, contable, laboral) puede ser algo más compleja que la de un autónomo, por lo que sería necesario el servicio de una asesoría o tener personal propio con conocimientos al respecto, pero se produciría una economía de escala al administrarse conjuntamente la actividad de todos los miembros de la cooperativa, en vez de por separado como autónomos.

Quizá la mayor dificultad de prestar servicios profesionales bajo la forma de cooperativa en vez de como trabajador autónomo radique en reunir un grupo de profesionales que se pongan de acuerdo para tal fin y que tengan el perfil adecuado para el trabajo asociado, con capacidad de participar fructíferamente en los procesos de tomas de decisiones. Considero que un número de socios mayor ayudaría a prevenir personalismos. Hay que tener cuidado en la selección de socios (podría ser útil la intervención de un psicólogo en la selección) para evitar perfiles dominantes, parasitarios o chiflados. Para resolver conflictos internos, el Consello Galego de Cooperativas ofrece servicios de arbitraje. La falta de cultura asociativa supone un inconveniente para la formación de cooperativas porque los socios cooperativisras tienen que aprender sobre la marcha a participar en los procesos de toma de decisiones.

Además la cooperativa tiende a verse como una forma exótica de empresa. Aunque a veces se confunden conceptos, no hay que perder de vista que una cooperativa no es una asociación activista, se trata de una empresa y como tal debe estar orientada a obtener buenos resultados económicos.

Hace unos años se pusieron de moda las cooperativas de facturación, cooperativas que se ofrecían simplemente como una manera de facturar sin tener que darse de alta como autónomos. Solían funcionar por Internet y no estaban referidas a un territorio, eran entidades con pinta de ser fraudulentas y al parecer generaron algún tipo de respuesta de las administraciones públicas. Pero de lo que se trata no es de hacer cooperativas ficticias si no cooperativas reales, con contacto real entre sus socios y con una ubicación determinada. Una cooperativa así podría ofrecer un único perfil profesional, por ejemplo una cooperativa de abogados, o bien ofrecer una pluralidad de servicios, como podría ser una que integrara abogados, psicólogos, cuidadores de ancianos y contables.

Es cierto que el objetivo de un profesional debería ser pagar una cotización a la Seguridad Social completa y así poder alcanzar el derecho a una prestación contributiva completa, pero por desgracia ese objetivo no siempre es alcanzable. La prestación de servicios mediante una cooperativa en vez de como autónomo no resuelve de por si la precariedad, la insuficiencia de recursos, pero puede aliviarla y quizá la creación de redes pueda incluso aumentar la actividad del conjunto de profesionales que la integran.